La Asamblea Legislativa integró una comisión especial para estudiar el proyecto de ley y la vasta documentación que generó. El asunto se hizo de conocimiento público y los costarricenses se enteraron por medio de artículos periodísticos, de que nacía una esperanza para solucionar el problema del agua.
La Asamblea Legislativa consultó también, durante el proceso de elaboración de la ley, con experimentados salubristas e ingenieros civiles, como Edison Rivera Castaing, Renán Méndez, Guillermo Roviralta, Fernando Chavarría Loaiza y Eduardo Jenkins, quienes avalaron el proyecto, conjuntamente con el Ministro de Salud, Dr. José Manuel Quirce Morales, gran impulsor de la creación del Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillados.
El órgano legislativo venía, desde mucho tiempo atrás, tratando de buscarle una respuesta al asunto del agua. Primero lo hizo mediante la Ley de Aguas emitida en 1942, que disponía en su artículo 41 que todos los acueductos del país eran patrimonio del Estado, que las nuevas obras de este tipo las operaría el Ministerio de Salubridad Pública y que los acueductos administrados por las municipalidades continuarán así hasta que se decretara su nacionalización.
En vista de que el Estado no pudo asumir directamente la operación que se preveía, y que el problema continuaba agravándose, se emitió en 1953 la Ley General de Agua Potable, imponiendo regulaciones a los organismos administradores, para que éstos fijaran tarifas adecuadas, que permitieran la correcta operación de los sistemas, con el fin de garantizar la potabilidad del agua en resguardo de la salud pública. Además, los obligaba a llevar contabilidad separada, para garantizar que los fondos se dedicarán a su cometido.
Los diputados tenían razones suficientes para aprobar la Ley Constitutiva de un organismo descentralizado, provisto legal y financieramente, para hacerse cargo de resolver la crisis del agua potable.
Misión
Institución responsable de la prestación del servicio de abastecimiento de agua potable y de saneamiento, por medio de los cuales se garantiza la salud, el desarrollo económico y social del país en armonía con el ambiente.
Visión
El AyA ofrecerá un servicio de calidad, sostenible y centrado en el cliente respaldado por procesos automatizados y un alto sentido de pertenencia de sus trabajadores.
Los valores que representan al AyA:
Responsabilidad y compromiso
Excelencia
Transparencia
Respeto
Trabajo en equipo
Espíritu de servicio
Dentro de sus competencias se encuentran:
1-Dirigir, gobernar y vigilar a nivel nacional todo lo concerniente al abastecimiento, distribución de agua apta para consumo humano y tratamiento de aguas residuales ordinarias.
2-Aprovechar, utilizar, gobernar o vigilar, según sea el caso, todas las aguas de dominio público.
3-Construir, ampliar y reformar los sistemas de acueductos y alcantarillados cuando sea necesario.
4-Tratamiento de aguas residuales de tipo ordinario.
5-Fijar políticas, establecer y aplicar normas, emanar directrices en materia de agua apta para consumo humano y saneamiento.
6-Promover el planeamiento, financiamiento, así como mecanismos para el desarrollo de los servicios de abastecimiento, recolección y tratamiento a nivel nacional.
7-Vinculación jerárquica que obliga al cumplimiento y acatamiento de las directrices emanadas como ente rector en servicio de abastecimiento y saneamiento.
8-Asesorar a organismos del Estado sobre consultas obligatorias de proyectos de sistemas de abastecimiento, recolección y tratamiento.
9-Determinar la prioridad, conveniencia y viabilidad de proyectos de abastecimiento y saneamiento.
10-Vigilar el recurso hídrico y ejercer las acciones correspondientes en la protección de las áreas de interés estratégico en el abastecimiento poblacional.
11-Promover la conservación de las cuencas hidrográficas y la protección ecológica, así como el control de la contaminación de las aguas.






